![]() |
Esta foto ha sido robada de mi blog por Que.es |
En un principio pensábamos que teníamos que rellenar la solicitud como No Residentes para después de un año pasar a ser Residentes, pero según nos han informado, si vamos a permanecer en la ciudad con una visa por al menos unos años, tenemos que rellenar directamente la solicitud de inscripción como Residentes.
No Residentes es sólo para estudiantes o personas que van a permanecer temporalmente en el extranjero, no es de carácter obligatorio pero se recomienda especialmente en países con riesgos de catástrofes naturales.
No Residentes es sólo para estudiantes o personas que van a permanecer temporalmente en el extranjero, no es de carácter obligatorio pero se recomienda especialmente en países con riesgos de catástrofes naturales.
También es bastante útil en el caso de ser víctimas de un robo de nuestro pasaporte o si tenemos la mala fortuna de perderlo, tras la denuncia correspondiente en la policía local del país en el que nos encontremos, la Oficina Consular, ya que cuenta con nuestra inscripción previa e información sobre nuestra documentación, podría proporcionarnos una nueva documentación.
Ambas solicitudes son muy parecidas, aunque la de Residente incluye una segunda parte el CERA, que es el censo de los españoles residentes en el extranjero, con los datos de empadronamiento en España, para permitirnos participar en las elecciones, salvo en las municipales.
SOLICITUDES
Ambas solicitudes son muy parecidas, aunque la de Residente incluye una segunda parte el CERA, que es el censo de los españoles residentes en el extranjero, con los datos de empadronamiento en España, para permitirnos participar en las elecciones, salvo en las municipales.
La primera parte es sólo rellenar los datos personales como:
- Nombre y apellidos
- Fecha de nacimiento y lugar
- Datos del D.N.I y del pasaporte
- Nombre de los padres
- Nivel de estudios terminados
- Sexo y Estado Civil
- Domicilio, teléfono y e-mail
- Dirección y teléfono del centro de trabajo
- 2 personas de contacto en caso de emergencia
- Casado con y nombre y fecha de nacimiento de los hijos
- Firma
Desafortunadamente esta página ha dejado de funcionar.
¡O solicitarla directamente en la oficina!!!
La segunda parte, CERA, incluye un espacio para que expliquemos las razones por las que hemos elegido esa ciudad para inscribirnos a efectos electorales, lo que me parece curioso.
La segunda parte, CERA, incluye un espacio para que expliquemos las razones por las que hemos elegido esa ciudad para inscribirnos a efectos electorales, lo que me parece curioso.
A ver.... pues será por....porque es mi ciudad!!! No sé, digo yo....Aunque conociendo la guasa de algunos compatriotas debe de ser interesante leer ese apartado en concreto, de todos los inscritos...
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano
Los dos enlaces han dejado de funcionar por lo que os dejo directamente el enlace a la nueva web del consulado sobre la Documentación y Trámites de Inscripción en el Consulado.